escape Click the X/Escape button at any time to leave familylegalcare.org immediately. You will be redirected to google.com.

Apelando Decisiones de la Corte de Familia

¿Qué es una apelación?

Una apelación es cuando usted pide le a una corte más alta que revise una orden, o decisión, hecha por la corte donde usted fue primero. Usted pide una revisión si piensa que la primera corte cometió un error. Errores se pueden hacer sobre:

  • Cómo los hechos fueron usados en un caso. Por ejemplo, la corte no entendió los hechos o consideró algunos hechos muy importantes aunque no lo eran.
  • La ley. Por ejemplo, la corte no entendió la ley o usó la ley de una forma incorrecta.

La persona que pide la apelación es el apelante (en inglés, “appellant”). La otra persona en el caso se llama el demandado (en inglés, “respondent”)

¿Quién puede presentar una apelación?

En un caso de la Corte de Familia, el peticionario o el demandado puede presentar (pedir) una apelación. El peticionario es la persona que inició el caso en la Corte de Familia. Aquí, demandado se refiere a la persona contra quien era el caso original. El peticionario o demandado puede presentar una apelación si la decisión final del juez no era lo que quería. Esto se llama una decisión desfavorable (en inglés, “adverse decision”). Una decisión final se toma después que el caso entero se haya terminado y ya no haya citas en la corte. En ciertos casos especiales, se puede apelar una decisión desfavorable que no es final. Esto se discute más tarde en esta guía.

¿Puedo obtener un abogado gratis para mi apelación?

Si quiere apelar su caso, es importante primero hablar con su abogado de la Corte de Familia. Él o ella tiene que empezar el proceso de apelación para usted. Si la corte le dio un abogado o si usted tuvo un abogado de un proveedor de servicios legales (como “Legal Aid Society”) representándole en la Corte de Familia, ese abogado tiene la obligación de ayudarle a iniciar la apelación. Él o ella tiene que decirle a la División de Apelación (en inglés, “Apellate Division”) que usted fue representado por un abogado que provee servicios legales a los pobres. La División de Apelación es parte de la Corte Suprema. Es la corte que escuchará su apelación. También va a decidir si usted puede recibir alivio para persona pobre (en inglés, “poor person relief”). Esto significa que sus ingresos son suficientemente bajos para recibir servicios legales gratis. Si la corte decide que sus ingresos son suficientemente bajos, le asignará un abogado diferente.

¿Puedo recibir un abogado gratis si no tuve uno en la Corte de Familia?

Si en la Corte de Familia usted discutió su propio caso (en inglés, “pro se”) pero quiere ser asignado un abogado gratis para su apelación, usted puede solicitar alivio para persona pobre. “Pro se” significa sin abogado. Si usted recibe el alivio para persona pobre, va a recibir un abogado gratis y una copia gratis de sus transcripciones. No necesitará pagarle a la corte ningún dinero para la apelación.

¿Cuáles son los motivos para una apelación?

Usted no puede apelar una orden o decisión solamente porque no le gusta. Tiene que tener motivos, o razones legales. Los errores presentados en la primera sección de esta guía son motivos. Usted solo puede apelar el caso si usted objetó (en inglés “objected”) a los mismos errores durante el juicio. Objetar significa que usted le informó al juez que tuvo problemas con algo. Esto se llama preservar (en inglés “preserving”) un asunto para apelación.

¿Cuál corte oirrá mi apelación?

La mayoría de las apelaciones de la Corte de Familia se oyen por una parte de la Corte Suprema del estado de Nueva York que se llama la División de Apelación (en inglés “Apellate Division”). Si su caso fue en la Corte de Familia del Bronx o de Manhattan, la apelación se oirá en una corte llamada el Primer Departamento. Esta corte está ubicada en 27 Madison Avenue, en la esquina de la calle 25 en Manhattan. Si su caso fue en la Corte de Familia de Brooklyn, Staten Island, o de Queens, su apelación se oirá en una corte llamada el Segundo Departamento. Esta corte está ubicada en el 45 de Monroe Place en Brooklyn.

¿Qué puede pasar con la apelación?

La División de Apelación puede revocar (en inglés, “reverse”), devolver (en inglés, “remand”), afirmar (en inglés, “affirm”), y/o modificar (en inglés, “modify”) la decisión de la Corte de Familia, o partes de la decisión.

  • Revocar es cuando la División de Apelación decide que la decisión de la Corte de Familia era incorrecta. Cuando esto sucede, la División de Apelación abandona la decisión de la Corte de Familia. Abandonar significa cancelar.
  • Devolver es cuando la División de Apelación le dice a la Corte de Familia que vuelva a oír el caso.
  • Afirmar es cuando la División de Apelación dice que la Corte de Familia tomó la decisión correcta. Esto significa que la decisión se queda igual. Muchas veces una decisión es afirmada porque la División de Apelación aceptó la opinión del juez de la Corte de Familia que un testigo era mas creíble que otro testigo. La División de Apelación no puede hacer una decisión sobre la credibilidad de una persona porque ellos no vieron a esa persona testificar. Testificar significa hablar en el juicio.
  • Modificar es cuando la División de Apelación cambia parte de la decisión de la Corte de Familia.

¿Cómo inicio el proceso de apelación?

1. El primer paso es servir al demandado en la apelación con un Aviso de Apelación (en inglés “Notice of Appeal”). Este es un documento que le dice a la otra persona en el caso que usted está apelando. Tiene que incluir:

  • Su nombre
  • La orden que usted le está pidiendo a la División de Apelación que revise.
  • La fecha de la orden
  • La corte que emitió la decisión judicial (hizo la orden)
  • El nombre de la corte que usted está pidiendo que revise su caso

2. Usted tiene que traer dos copias del Aviso de Apelación con la prueba de servicio al Escribano de la Corte de Familia (en inglés, “Clerk of the Family Court”) que hizo la orden. (Prueba de servicio significa que usted le dejó saber al demandado que usted está apelando. Para más información sobre la prueba de servicio, vea la guía de Family Legal Care “Servicio de Papeles Jurídicos.”) El Escribano le dará una de las copias al Escribano de la División de Apelaciones. Usted también debe dar copias del Aviso de Apelación a cualquier abogado o guardián legal que fue involucrado con su caso en la Corte de Familia.

3. Si usted está presentando la apelación en el Primer Departamento, usted tiene que presentar una Declaración CPLR 5531 (en ingles CPLR 5531 Statement) con esa División de Apelación junto con el Aviso de Apelación. Si usted está presentando la apelación en el Segundo Departamento, usted tiene que presentar una Solicitud para la Intervención de la División de Apelación (en ingles “Request for Appellate Division Intervention” o “RADI”)con esa División de Apelación junto con el Aviso de Apelación. Estos formularios tienen información parecida y le piden a la División de Apelación que oiga su caso.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar el Aviso de Apelación?

Si usted recibió la orden final de la Corte de Familia en la corte, usted necesita presentar el Aviso de Apelación dentro de 30 días. Si la corte le envió la orden por correo, usted tiene 35 días desde el día que la orden fue enviada para presentar el Aviso de Apelación. Los límites son iguales para apelar una orden temporal.

¿Qué hago después de presentar mi Aviso de Apelación?

  1. Después de que usted presente su apelación, tiene que obtener un archivo completo de su caso, incluyendo las transcripciones. A menos que usted reciba alivio para persona pobre, usted va a tener que pagar por las transcripciones. Esto fue explicado en la pregunta sobre obtener un abogado gratis.
  2. Después, usted tiene que perfeccionar la apelación. Para unos, esto significa preparar un archivo completo de su caso incluyendo un escrito (en inglés, “brief”). El escrito es un argumento legal escrito que explica las razones por su apelación. Se presenta el escrito a la División de Apelación. También tiene que servirle el escrito al demandado. El archivo completo de su caso también puede incluir una transcripción, la orden que usted está apelando, pruebas (evidencia) que fueron usadas durante la audiencia y que tienen que ver con la decisión que está apelando, y otras órdenes u opiniones escritas por el juez sobre su caso. Otros pueden apelar en récord y le pueden pedir a la Corte de Familia que mande ese archivo a la División de Apelación.

En el Primer Departamento (el Bronx y Manhattan), tiene nueve meses desde el día que presentó el Aviso de Apelación para perfeccionarlo. En el Segundo Departamento (Brooklyn, Staten Island, y Queens), normalmente tiene 60 días desde el día que usted recibió las transcripciones.

¿Qué hago si yo soy el demandado en una apelación?

Si está respondiendo a una apelación, normalmente tieneun mes desde el día que usted reciba el escrito del apelante para presentar su escrito. La corte le dirá cuanto tiempo usted tiene. Después de que usted presente su escrito, el apelante tiene aproximadamente 10 días para presentar y servir un escrito de contestación. El apelante o el demandado puede pedir un argumento oral. El argumento oral es una oportunidad para presentar su caso ante a los jueces de la División de Apelación. La División de Apelación puede permitir un argumento oral o puede decir no. A veces nadie pide un argumento oral. Si no hay un argumento oral, la decisión de los jueces es basado en los escritos y el archivo del caso.

¿Cómo puedo poner una orden de la Corte de Familia en espera?

Presentando un Aviso de Apelación no suspende una orden de la Corte de Familia.

Si usted quiere poner una orden en espera, tiene que solicitar un aplazo (en inglés, “stay”). Un aplazo es cuando la Corte de Familia retrasa poner una orden en efecto por un rato.

¿Cómo pido un aplazo?

Para pedir un aplazo, tiene que presentar una aplicación para un aplazo con la División de Apelación. Todas las personas involucradas en el caso necesitan recibir copias de la aplicación.

La aplicación debe explicar los errores que usted cree que el juez de la Corte de Familia cometió. Porque solo puede recibir un aplazo si existe una emergencia, el juez que está de turno en la División de Apelación oirá su petición inmediatamente. Si el aplazo es permitido, la apelación recibirá una preferencia. Esto significa que lo oirán lo más pronto posible.

Aplazar un Caso de Abuso o Negligencia

A veces la Corte de Familia o la División de Apelación emite una orden para el regreso de un niño que fue puesto bajo cuidado de crianza. En esos casos, la corte emite un aplazo temporal de la orden hasta las 5 P.M. del próximo día laboral. Esta medida es para darle más tiempo a Servicios para los Niños de la Ciudad de Nueva York o al abogado para el niño para aplicar por un plazo más largo, si ellos quieren. Servicios para los Niños de la Ciudad de Nueva York antes se llamaba la Administración de Servicios para los Niños, o ACS. La corte no emitirá este aplazo temporal si todos los que están involucrados en elcaso están de acuerdo que el aplazo no es necesario. La Corte de Familia o la División de Apelación también puede emitir un aplazo si ellos piensan que es necesario para prevenir un riesgo inminente, o peligro inmediato, a la vida del niño.

Aplazar una Orden de Manutención

Cuando hace una aplicación para un aplazo de una orden de manutención, la decisión de la Corte de Apelación puede ser basada en su capacidad de garantizar que usted pagará el dinero ordenado por la Corte de Familia. La Corte de Apelación puede ordenar que la Corte de Familia guarde el dinero en una cuenta especial, llamada cuenta de fondos en custodia (en inglés, “escrow account”). También le puede dar los pagos a la persona nombrada en la orden.

¿Puedo apelar una orden de manutención?

Sí, pero antes de apelar una orden de manutención, usted tiene que presentar una objeción pidiéndole a un juez de la Corte de Familia que revise la orden hecha por el magistrado de manutención. El magistrado es la persona que decide casos de manutención. Usted puede presentar una objeción a la decisión del magistrado y pedir que lo revise un juez. Si usted no está de acuerdo con la decisión que hace el juez sobre la objeción, puede solicitar una apelación. Para más información sobre cómo presentar objeciones a una orden de manutención, por favor lea la guía de Family Legal Care “Cómo Presentar una Objeción o Refutación a una Orden de Manutención.”

Si un juez tomò una decisión en mi caso cuando yo no estuve en la corte, ¿puedo apelar la decisión?

Inmediatamente, no. Cuando usted no se presenta en la corte, el juez puede tomar una decisión por defecto (en inglés, “default judgement”). Esto es una decisión hecha contra usted porque usted no estuvo en la corte. Si usted quiere cancelar una decisión por defecto y abrir su caso de nuevo, tiene que presentar una moción para invalidar una decisión por defecto (en inglés, “motion to vacate a default judgement”)en la Corte de Familia.Si la Corte de Familia rechaza su moción, usted puede apelar la decisión.

¿Puedo apelar una orden temporal?

Solamente si la orden viene de un caso de abuso o negligencia. Por cualquier otra orden temporal, tiene que presentar una moción con la División de Apelación pidiendo permiso para apelar primero.

En casos de abuso o negligencia, usted tiene el derecho de apelar una orden temporal o final sin pedir permiso de la División de Apelación. Por ejemplo, si el juez decide que usted ha abusado o descuidado a su hijo, y hace una orden que pone a su hijo bajo cuidado de crianza temporalmente, usted puede apelar esa decisión. Casos de abuso o negligencia reciben preferencia. Esto significa que su caso se debe oír lo más pronto posible.

¿Cómo puedo apelar a la Corte de Apelación?

A veces la gente que no está contenta con la decisión de la División de Apelación de la Corte Suprema puede ir a un nivel más alto, la Corte de Apelación. La Corte de Apelación oye muy pocos casos cada año. Usted tiene que pedir el permiso de la Corte de Apelación para apelar el caso.

¿Dónde puedo obtener más información sobre cómo presentar una apelación?

Usted puede recoger una guía sobre el proceso de apelación en la División de Apelación donde usted está solicitando su apelación.

El Primero y Segundo Departamento y la Corte de Apelación tienen páginas en el internet. Las secciones de preguntas frecuentes (FAQ) de estas páginas pueden contestar algunas de sus preguntas. La página de internet del Primer Departamento en inglés es: www.courts.state.ny.us/courts/ad1/index.shtml. La página de internet del Segundo Departamento en inglés es: www.courts.state.ny.us/courts/ad2/index.shtml. La página de internet de la Corte de Apelación es: http://www.nycourts.gov/ctapps/. Para más información sobre el proceso de apelación llame a nuestra línea de asistencia: 212-343-1122.

Cada condado tiene una biblioteca de leyes con acceso público. Acceso público significa que es abierta a todos. Una bibliotecaria puede ayudarle a buscar las leyes que son aplicables a su caso y más información que le pueda ayudar. Las direcciones y los números telefónicos de estas bibliotecas son:

Bronx Supreme Court Law Library
851 Grand Concourse, Cuarto 817
Bronx, NY 10451
(718) 590-3678

Kings County Supreme Court Law Library
360 Adams Street, Tercer Piso
Brooklyn, NY 11201
(347) 296-1144

NY County Public Access Law Library
80 Centre Street, Cuarto 468
New York, NY 10013
(646) 386-3715

Queens Supreme Court Law Library
Queens County General Courthouse
88-11 Sutphin Blvd.
Jamaica, NY 11435
(718) 298-1206

Richmond County Supreme Court Building
18 Richmond Terrace
Staten Island, NY 10301
(718) 390-5291

Note por favor: Antes de apelar una decisión de la Corte de Familia, usted TIENE que contactar al escribano de la División de Apelación en su departamento y averiguar las reglas específicas.

Este documento no debe reemplazar una consulta con un abogado. Family Legal Care sugiere que todas las personas involucradas en un caso en la Corte de Familia o en la Corte Criminal consulten con un abogado.

Get updates from Family Legal Care